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martes, 21 de febrero de 2017

E.E.T.P. Nº 491: Reglamento relacionado al uso del teléfono celular

Imagen Web Ilustrativa
"Modificación al reglamento de convivencia escolar relacionado al uso del teléfono celular".

Las nuevas tecnologías nos brindan infinitas posibilidades para mejorar los procesos actuales de enseñanza aprendizaje y se pretende sacar provecho de ello. Los teléfonos celulares, desde la difusión y el desarrollo del sistema Android, permiten el uso de muchas aplicaciones que de acuerdo a un uso adecuado nos invita a pensar en clases donde el docente se presente como facilitador de acceso al alumno a la información disponible en la red. Creemos que sería un despropósito no aprovechar semejante oportunidad pero también estamos convencidos que para incorporar el uso de éstos aparatos a la escuela, debe hacerse en un marco normado, donde cada uno sepa los alcances y los límites y así evitar inconvenientes que nos hagan retroceder.
A partir del inicio del Ciclo Lectivo 2017 se modificará el Reglamento de Convivencia Escolar de nuestra escuela en los artículos que prohibían el uso para dar paso al uso responsable, al aprovechamiento de los avances tecnológicos y al autocontrol.
Aquí se lo presentamos:


Del Uso de celulares, Tablet, notebook, mp 3/4/5y otros dispositivos tecnológicos

Se permite el ingreso de alumnos con celulares, Tablet, notebook, mp 3/4/5 y otros dispositivos tecnológicos, siempre y cuando sean usados de manera correcta y no afecten el buen funcionamiento escolar y dictado de clases. Su uso, tampoco debe perjudicar a otros alumnos o profesores, ni atentar contra la moral y las buenas costumbres.
► Está permitido el uso de los elementos antes nombrados durante los recreos y tiempos libres. Por el contrario, no se permite su uso en el aula, a excepción de que el profesor lo solicite para fines pedagógicos.
► El uso de los aparatos mencionados en horario de clase, cuando el docente no lo hubiese solicitado para fines pedagógicos será observado por el profesor en dos oportunidades, teniendo éste la potestad de retener los aparatos en caso que el alumno continúe usándolo indebidamente, haciendo caso omiso de las sugerencias del docente. En caso que el alumno se rehusare a entregar el o los dispositivos solicitados, se labrará un acta para el cuál se requerirá la presencia de sus padres o tutores.
► En caso de faltas leves, el docente podráØ restituir los aparatos una vez finalizada la clase, o bien, si la falta es mayor, podrá entregar dichos dispositivos a la autoridad escolar, para que el mismo tome las medidas pertinentes para el caso.
► El uso indebido de los dispositivos mencionados, tales como publicaciones groseras, grotescas, burlonas, malintencionadas, de mal gusto, violentas, agresivas, desafiantes, y otras que los alumnos pudieren realizar y que afecten a alumnos, personal escolar o a la propia institución escolar, podrán ser notificadas a la autoridad escolar para que éste arbitre las medidas disciplinares pertinentes para el caso.
 La escuela no se responsabiliza de daños o robos de útiles y dispositivos tecnológicos que los alumnos pudieran traer a la escuela.

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